De conformidad con el artículo 1 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción,
resulta de observancia general para el Estado de Tabasco, implementar las políticas
públicas que conlleven a la promoción, fomento, difusión de la cultura de integridad
en el servicio público y los principios de rendición de cuentas, transparencia y
control de los recursos públicos.
En ese sentido, la Secretaría de la Función Pública conforme a sus atribuciones de vigilar
el cumplimiento de las disposiciones que regulan el actuar de los servidores públicos
ha implementado el presente sistema.
|